viernes, 2 de junio de 2017

COPAGO EN REINO UNIDO FRENTE A ESPAÑA

            El copago sanitario genera debate de forma habitual. La finalidad última es evitar el abuso del sistema sanitario público.
            Reino Unido aplica un fórmula de copago con ciertos matices diferenciales respecto al de nuestro país. En esta entrada voy a tratar de compara ambos sistemas.

            El copago se implantó en 1948 en UK y se ha extendido a otros países entre los que se encuentra España. Su objetivo principal es evitar el abuso moral, tendiendo a la eficiencia y protegiendo la sostenibilidad del sistema, evitando limitar la transferencia de riesgo financiero al paciente, con equidad y contemplando ciertas exenciones en determinadas condiciones socioeconómicas como ancianos, crónicos, rentas bajas, desempleados, niños y jóvenes.

            Entre las semejanzas del sistema de copago de ambos países encontramos que no existen tasas aplicables ni a visitas médicas (ni de atención primaria ni de especialistas) ni por hospitalización.

            Entre las diferencias encontradas observamos que el copago en España se aplica en función de la renta, siendo un 50, 50 ó 60 % (renta más de 100.000 @/año). Existen límites máximos mensuales a pensionistas en función de la renta que llega hasta 8 € (renta inferior a 18.000 €/año), 18 € (rentas entre 18.000 y 100.000 €/año) y 60 € (rentas superiores a 100.000 €/año). Sin embargo, en UK existe un copago general de GBP 8,05 (10 €) por receta. En Inglaterra además hay posibilidad de adquirir un Certificado de Prepago de Medicamentos por año que cuesta 104 libras (130 €) o por tres meses por 29,01 libras (36 €).

            Otra disimilitud es la población exenta de pago como sistema de protección a los grupos más vulnerables y rentas bajas. En España, los tratamientos crónicos tienen una retribución reducida y están exentos de pago: discapacitados y parados de larga duración. En UK coexisten más exenciones: niños hasta 16 años ( o hasta 18 si son estudiantes a tiempo completo), mayores de 60 años, embarazadas y post-parturientas, pensionistas de guerra, familias de renta baja o que sufran determinadas enfermedades.

Además en Reino Unido existe un copago para las urgencias hospitalarias; no así en nuestro país. 
Por último, en UK desde 2009 (tras el Informe Richards) aplican una cobertura binaria “top-up”, que permite al paciente que desee, hacer un pago privado complementario sin perder el derecho a la atención en el NHS. En este caso tienen que pagar el coste completo del medicamento excluido en el sistema sanitario público. Este sistema no está exento de debate en el país.

En la bibliografía científica publicada en revistas con alto factor de impacto se recoge la evidencia sobre la ineficiencia de los copagos; reducen la demanda innecesaria pero también la necesaria, siendo las repercusiones económicas y en salud más negativas en personas con ingresos más bajos y grupos sociales más despavorecidos.

En cualquier caso, aplicado a UK y España,  encontramos que las fórmulas aplicadas en copago sanitario están muy cuestionadas. En nuestro caso, opino que las franjas de renta aplicadas al copago sanitario son demasiado amplias. La diferencia entre una renta anual de 18.001 euros a los 99.999 euros es demasiado divergente para aplicar el mismo copago.
Por otro lado, las exenciones de copagos podría a medio o largo plazo, favorecer el abuso de fármacos y la polimedicación.

Tras todo lo mencionado, concluyo (desde el desconocimiento del sistema de copago en su totalidad) con la idea de Jaume Puig-Junoy (Economista, Pompeu Fabra) donde propone “apostar por un copago evitable ybasado en criterios de efectividad en lugar de un copago lineal y obligatorio”.

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